La mujer del fallecido ha logrado la pensión de viudedad sin documento público o inscripción de la pareja estable

El juzgado de lo social 33 de Barcelona, ha otorgado la pensión de viudedad a una mujer, cuya pareja falleció en el accidente de Germanwings en los Alpes, el pasado día 24 de marzo del 2015. La novedad de esta sentencia es que se pronuncia en sentido opuesto a la jurisprudencia del momento, ya que la pareja estable o de hecho no tenía documento público que acreditase su existencia ni estaba inscrita en ningún registro.

Sin embargo, el juez ha valorado la convivencia durante diez años, la tenencia de una hija en común y ser ambos titulares de la vivienda familiar. Aunque lo que ha determinado su criterio a favor de la concesión de la pensión de viudedad, es que la exigencia de los requisitos actuales para acreditar la pareja estable o de hecho (ver post La pensión de viudedad en Cataluña) sólo son aplicables en el territorio catalán desde abril de 2016 y el accidente de Germanwings tuvo lugar un año antes.

Les mostramos un vídeo en el que se resumen los requisitos actuales de la pareja estable para que concedan una pensión de viudedad en Cataluña.

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