Que un perro muerda a otro perro o a una persona, puede pasar. Lo importante es saber qué hay que hacer cuando sucede. En este post vamos a centrarnos en la responsabilidad civil derivada de las agresiones caninas.

La responsabilidad de la que hablamos es de carácter extracontractual y se regula en el artículo 1905 del Código Civil, que señala que quien posee un animal o se sirve de él debe responder por los perjuicios que cause. No quedará exento de responsabilidad aunque se le escape o extravíe. Solamente se librará en dos casos: fuerza mayor o culpa de quien sufrió las lesiones.

La fuerza mayor, recogida en el artículo 1105 CC, engloba fenómenos imprevisibles o inevitables. Si ocurriese algún hecho inimaginable o que, aunque se hubiese podido preveer no hubiese podido evitarse de ningún modo, el responsable del animal quedará exento de culpa.

Lo mismo sucede si hay culpa del animal o de la persona agredida. Por ejemplo, si han provocado al perro y éste ha reaccionado por ello. En este caso, la carga de la prueba recae en el responsable del animal agresor (artículo 217.3 CC), que tendría que demostrar que efectivamente hubo provocación y que, como consecuencia, el perro atacó y causó las lesiones.

Concrección de las lesiones sufridas

Cuando ocurre un accidente de este tipo, hay que proceder a la identificación de los daños materiales y morales así como, en su caso, el lucro cesante. Debido a la dificultad que tiene la cuantificación de los daños, analógicamente se puede aplicar el baremo de accidentes causados por vehículos a motor. Esto es lo que se hace en la práctica, pero no es obligatorio.

Cobertura del seguro

Los seguros de hogar suelen contemplar este tipo de accidentes, por lo que lo primero que hay que hacer cuando el perro cause lesiones es comprobar que estamos cubiertos. En todo caso, lo más recomendable es contratar un seguro específico de responsabilidad civil por los daños futuros que pudiera ocasionar el animal.

En Bufete Navarro le asesoraremos si se encuentra en esta situación. Si tiene alguna duda sobre este tema o cualquier otro dentro del Derecho Animal, llame al teléfono 93 675 92 80 o deje su mensaje en el siguiente formulario. Estaremos encantados de ayudarle.

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