Sal Mansy, de 41 años, fue sentenciado a inicios de esta semana a un año y un día en prisión por no registrar sus actividades comerciales en la Red de Delitos Financieros (FinCen) del departamento del Tesoro de E.E.U.U. Esta sentencia fue revelada por la abogada Halsey B. Frank del distrito de Main. Luego de cumplida la estadía en la cárcel, él y su compañía deberán someterse a tres años de libertad condicional.

Según la investigación realizada por Maine y Detroit, el departamento de policía de Saco y la Oficina de Inmigración y Aduanas, entre los meses de agosto del año 2013 y junio del 2015, el comerciante se encargó de comprar y vender alrededor de 2,4 millones de dólares en bitcoins para generar ingresos, utilizando como pantalla a la compañía TV Toyz, de la que era dueño. Según la ley estadounidense, toda empresa de servicios monetarios debe registrarse antes de operar para obtener ganancias, y TV Toyz no lo hizo, por lo que a Mansy le fueron confiscados unos 118 mil dólares de sus cuentas bancarias y carteras bitcoin.

En mayo del 2017 se declaró culpable de adquirir un aproximado de 6,35 bitcoins por medio de Coinbase y Bitstamp y posteriormente venderlos para obtener ganancias a través del portal Localbitcoins. El equipo de Coinbase se encargó de contactar con Mansy en el 2014 para verificar que estuviera registrado en la FinCen para las operaciones que venía realizando y tras no poder comprobar su licencia, su cuenta fue cerrada por el equipo de la casa de cambio.

Su defensa contempló el alegato de que la ley que se utilizó para acusarlo data de 1960, por lo que no incluye a las criptomonedas dentro de la sanción. Además, según el sentenciado, luego de hacer una revisión exhaustiva de la página oficial de la FinCen, determinó que sus operaciones no se ajustaban a lo que la ley regula, ya que las criptomonedas no pueden considerarse como dinero fiduciario.

Este suceso se suma a la polémica en torno al vacío legal que aún se vive en algunos países del mundo respecto las criptomonedas, las cuales todavía no se reconocen enteramente como activos, mientras que algunos entes regulatorios las ven con desconfianza y deciden prohibir por completo su uso en su jurisdicción, como es el caso de Ecuador desde el 2014.

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