Maltrato animal: ¿Qué dicen el Código Penal y la doctrina sobre él?

Los delitos de maltrato animal que se regulan en el Código Penal son los siguientes:

  1. Maltrato animal (que puede ser básico o agravado)
  2. Maltrato animal en espectáculos no autorizados por ley
  3. Abandono animal

Vamos a explicar brevemente en qué consiste cada uno de ellos.

Maltrato animal

El tipo básico consiste en maltratar (por cualquier medio o procedimiento) sin ninguna causa a un animal (doméstico o amansado, de los que habitualmente están domesticados, de los que viven bajo control humano o los que no viven en estado salvaje), causándole lesiones (que afecten a su salud de forma grave) o explotándolo sexualmente. La pena que se impone por este delito es de prisión de 3 meses y 1 día a 1 año y de prohibición para tener animales o trabajar con ellos durante un tiempo comprendido entre 1 año y 1 día, y 3 años.

El tipo se agrava cuando se maltrata al animal delante de un menor, o con armas o medios peligrosos, o con ensañamiento, o cuando se causa la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal. La pena de prisión en este caso es de 7 meses y medio a 1 año y la de prohibición para tener animales o trabajar con ellos, de 2 a 3 años.

Y el tipo se agrava más aún, si se hubiera matado al animal. En este caso, la pena de prisión es de 6 a 18 meses y la de prohibición para tener o trabajar con animales, de 2 a 4 años.

Maltrato animal en espectáculos no autorizados por la ley

Si se maltrata a animales (domésticos o no) en espectáculos sin autorización legal se impone una pena de multa de 1 a 6 meses. Y, además, el juez podrá imponer voluntariamente la prohibición de tener o trabajar con animales de 3 meses a 1 año.

Abandono animal

Cuando se abandona a un animal poniendo en peligro su vida o integridad, si es doméstico o amansado, de los que habitualmente están domesticados, de los que viven bajo control humano o los que no viven en estado salvaje, se castiga con pena de multa de 1 a 6 meses. El juez también puede prohibir de forma voluntaria que no se tengan animales o que no se trabaje con ellos en un plazo de 3 meses a 1 año.

Doctrina reciente sobre maltrato animal

Los juzgados se muestran proclives a defender a los animales. En este sentido, destaca lo dispuesto por el Juzgado de lo Penal 2 de Almería, que hace poco condenó a 15 meses de prisión al joven que mató a 79 lechones de menos de un mes de vida saltando y lanzándose sobre ellos cogiendo impulso, como si fuera a tirarse a una piscina. También condenó a la misma pena a otro joven que lo grabó todo con el móvil, sin impedir la acción ni proteger de ninguna forma a los animales.

También queremos destacar la pionera sentencia de 2015, en la que el Juzgado de lo Penal 8 de Palma de Mallorca condenó a 8 meses de prisión a un hombre que apaleó a un caballo de carreras (llamado Sorky, que se hizo muy famoso) hasta que lo mató.

https://youtu.be/NbRxfntGcIY

Si tiene alguna duda sobre el maltrato animal desde el punto de vista penal, no dude en llamarnos al 93 675 92 80 o dejarnos un mensaje en el siguiente formulario:

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