Una empresa de reclamación de deudas que presta sus servicios a Vodafone, Sierra Capital Management 2012, S.L, ha sido condenada por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo a pagar una indemnización de 10.000 euros, en concepto de daños morales, a una mujer por incluir sus datos en dos registros de morosos.

El fallo del Tribunal se basó en que no se puede incluir en estos ficheros a aquellos que legítimamente estén en desacuerdo sobre la existencia y la cuantía de la deuda que sostiene el acreedor. La afectada, fue incorporada a dos registros de morosos por una presunta deuda de 200 euros con la compañía teléfonica Vodafone, pero ella discrepó con el débito desde el primer momento.

La demandante firmó un contrato de servicios telefónicos con Vodafone en el año 2011 y ya desde el primer momento apreció irregularidades en la facturación mensual, por lo que, tras ponerlo de manifiesto ante la operadora, ésta le emitió nuevas facturas rectificando las cuantías y eliminando los cargos que no procedían. Posteriormente, en 2012, se dio de baja en la compañía y Vodafone siguió emitiéndole facturas en las que se incluían cargos debidos en concepto de penalizaciones. La ex clienta hizo frente a los pagos solo parcialmente, por no estar de acuerdo con la totalidad.

El Tribunal Supremo se ha pronunciado ahora de forma contraria a lo que en su momento sostuvo la Audiencia Provincial de Oviedo, para la cual, incluir estos datos personales en registros de morosos era completamente lícito. De esta manera, reafirmaba el criterio de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Lena, que consideró que la inclusión de sus datos en esta clase de ficheros vulneraba su derecho al honor.

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Cobrar el alquiler cada mes sigue siendo un problema para muchos propietarios que tienen un inmueble alquilado. Y eso  ha hecho que muchos contraten seguros de impagos del alquiler, un tipo de seguro que empezo en España en 2003 por parte de Mutua de Propietarios. Conforme dice el Observatorio Español del Seguro de Alquiler, uno de cada cuatro alquileres está siendo garantizada con una de estas pólizas que proponen las aseguradoras. Las más demandadas son Arag, Das, Mapfre, Mutua de propietarios, Zurich, Caser, Catalana Occidente...

El propietario conoce tres cosas: que cobra el alquiler, que tiene cubiertos los daños vandálicos —suele ser hasta un máximo de 3.000 euros— y que recibe asistencia jurídica para el desahucio, también hasta 3.000 euros. Son las coberturas básicas y tradicionales, aunque las compañías han ido añadiendo otras opcionales y pergeñando un producto más completo.

Mutua de Propietarios acaba de incorporar la sustitución de la llave y el bombín tras el lanzamiento; la cobertura de impago de luz, agua y teléfono; la limpieza del piso tras la salida del inquilino; la posibilidad de comparar el estado del inmueble antes y después para valorar el retorno de la fianza; el certificado energético; y asistencia urgente de fontanería, electricista y cerrajería. Además, se hace un estudio de solvencia y viabilidad económica del inquilino, que no puede destinar más del 45% de sus ingresos al alquiler.

Aunque la mayoría de los propietarios contrata el seguro por miedo al impago, la garantía que mayor uso e importancia tiene es la defensa jurídica. Para que la maquinaria empiece a funcionar el casero debe notificar el primer impago a la aseguradora antes de los 45 días, es decir, antes del día 20 del mes siguiente. Entonces se efectúa una primera reclamación al inquilino para evitar la vía judicial. Si tras 10 días persiste la deuda, se presenta una demanda en el juzgado.

La aseguradora se encarga de interponer la demanda judicial de desahucio. En ese instante, la compañía adelanta al propietario las cantidades impagadas hasta entonces, contabilizando el mes de franquicia que suple con la fianza, y posteriormente, hasta la fecha del desahucio, se le irán facilitando las mensualidades que está dejando de ingresar.

Una vez recuperado el piso, toca hacer recuento de siniestros, ya que también se hacen cargo de los posibles daños vandálicos que haya sufrido la vivienda.

El seguro básico para una cobertura de impago de 12 meses, la más contratada, tiene una tarifa de entre el 4% y el 4,5% de la renta anual, algo menos de dos semanas de alquiler. Si se contratan garantías adicionales sube al 6,5%. El precio de un aval suele estar en los 720 euros el primer año y 480 después.

Si necesita ayuda legal en relación a un cobrar impagos de inquilinos o cualquier tema de Derecho Inmobiliario, no dude en ponerse en contacto con nosotros a través del teléfono 93 675 92 80.

Bufete Navarro es un despacho de abogados. Somos un equipo de profesionales del Derecho que buscamos siempre conseguir la mejor solución para cada caso.
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